A partir del próximo lunes 16 de mayo, el Banco Central de Cuba regulará el uso de divisas virtuales y criptomonedas en la Isla. Por lo que aquí te contamos y explicamos todos los requisitos impuestos.
El documento legal que recoge esta regulación es la RESOLUCIÓN 89/2022; que establece los requisitos específicos para la “autorización, funcionamiento, regulación, supervisión, vigilancia, mecanismos correctivos y cancelación de licencias a los proveedores de servicios de activos virtuales que operen en y desde el territorio nacional”.
Entre las novedades de esta norma para el uso de las divisas virtuales y criptomonedas en la Isla destacan que ahora, para realizar actividades como proveedores de servicios de divisas virtuales y criptomonedas, se deberá solicitar una licencia al Banco Central de Cuba.
Para la emisión de esta licencia, el Banco evaluará aspectos como la legalidad; la oportunidad e interés socioeconómico de la iniciativa; las características del proyecto; la responsabilidad de los solicitantes y su experiencia en la actividad.
Estas licencias como proveedores de servicios de divisas virtuales y criptomonedas son aprobadas por período de un año. Una vez finalizadas, se pueden prorrogar por un segundo año.
Otra de las importantes medidas es que los proveedores de servicios de divisas virtuales y criptomonedas no pueden cesar sus operaciones sin autorización del Banco Central de Cuba.
Igualmente, se advierte que quienes presten estos servicios pero no dispongan de licencia, podrán enfrentar sanciones.
¿Cómo solicitar la licencia para operar divisas virtuales y criptomonedas en Cuba?
A continuación te comentamos los principales pasos que debes tener en cuenta para operar divisas virtuales y criptomonedas en Cuba.
En primer lugar, deberás realizar un escrito de solicitud dirigido al Banco Central de Cuba que exprese los siguientes datos:
- Objeto social de las actividades para operar divisas virtuales y criptomonedas en Cuba. Debes añadir descripción del modelo de operación, activos virtuales que propones, plataforma y estándar criptográfico empleado.
- Infraestructura y controles internos, incluidos los sistemas operativos, contables, de seguridad y ciberseguridad, de protección al cliente, instalaciones de oficinas.
- Capital inicial para el desarrollo de las actividades u operaciones.
Para conocer los demás documentos o información que establece el Banco Central de Cuba puedes leer la Resolución original dando clic aquí.
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