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Documentos para solicitar la ciudadanía española por la Ley de Memoria Democrática

Alicia Díaz

Como debes recordar, hace unos pocos días te informamos de la publicación de la Ley de Memoria Democrática, conocida también por muchos como Ley de Nietos en Cuba, en el Boletín Oficial del Estado (BOE); la que entró en vigor el pasado viernes 21 de octubre. 

Tal como te explicamos, debes saber que esta nueva Ley de Memoria Democrática posibilitará que más personas accedan a esta nacionalidad española; especialmente quienes se encuentran en el exterior.

Te aclaramos además quiénes más podrán acceder a la ciudadanía española con la Ley de Memoria Democrática, siendo:

  1. Nacidos fuera de España, menores o mayores de edad, que tengan padre o madre, abuelo o abuela originarios de España.
  2. También aquellos hijos e hijas mayores de edad de españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad por la ley 52 del año 2007. En este caso recordemos que anteriormente solo fueron reconocidos los menores de edad, algo que ya expira con la nueva Ley de Memoria Democrática o Ley de nietos.
  3. Hijos e hijas, nacidos en el exterior, de españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de 1978.

Aunque el Consulado de La Habana aún no se ha pronunciado, este miércoles el Ministerio de Justicia informó los procedimientos para la solicitud de nacionalidad española.

Documentos para solicitar la ciudadanía española por la Ley de Memoria Democrática

La Instrucción 25 del Ministerio de Justicia recuerda que los interesados tienen que formalizar la declaración de opción en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

Mientras, en cuanto a la documentación común requerida,  destacan que necesitarás:

a) Documento que acredite tu identidad, como solicitante.

b) Tu certificación literal de nacimiento, expedida por el Registro Civil local en el que te inscribieron.

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