Norma Final Provisional de Asilo Desde hoy, esta es la nueva medida de EEUU a migrantes cubanos CUBA A PULSO

Desde hoy, esta es la nueva medida de EEUU para migrantes cubanos

Ibis Despaigne

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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS), anunció en fechas recientes una nueva medida que autorizará a sus oficiales de asilo a evaluar cada caso de migrantes cubanos y de otras nacionalidades, que se presenten en la frontera con México. La nueva resolución estadounidense, nombrada Norma Final Provisional de Asilo, entró en vigor desde este martes 31 de mayo.

Específicamente la nueva medida de EEUU a migrantes cubanos establece que se podrá “considerar las solicitudes de asilo de personas sujetas a expulsión acelerada; que afirmen miedo de persecución o tortura, y pasen la evaluación de temor creíble requerida”.

Esto implica que los jueces de inmigración dejarán de ser los únicos que otorguen la protección humanitaria. Pues ahora se suman los agentes de asilo del servicio de inmigración estadounidense.

Por otra parte; la nueva medida de EEUU a migrantes cubanos también aclara que las personas no elegibles, deberán someterse a un proceso de deportación acelerado; y ser enviados ante un juez de inmigración.

Otros detalles de la nueva medida de EEUU a migrantes cubanos y de otras partes del mundo

Sobre la Norma Final Provisional de Asilo, un comunicado de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración precisó que “solo beneficia a las personas que estén en procedimientos de deportación acelerada después del 31 de mayo de 2022”.

Y amplió que “se aplicará solo a adultos y familias que se encuentran en procedimientos de deportación acelerada; e indican la intención de solicitar asilo, temor a la persecución o tortura, o temor a regresar a su país de origen; después de la fecha de vigencia de la regla”.

Vale resaltar que la medida no se aplicará a los menores de edad no acompañados.

El objetivo de esta nueva medida de EEUU a migrantes cubanos y de otras partes del mundo es reducir los retrasos existentes en los tribunales de inmigración; así como acortar a solo 90 días un proceso que podía durar entre tres y cuatro años.

Esta norma no elimina el vigente el Título 42, que permite la expulsión de migrantes si se les considera una amenaza para la salud pública por la pandemia del COVID-19.

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