El gobierno de Cuba ha publicado la actualización de los nuevos Protocolos de Control Sanitario Internacional, de cara a la próxima apertura el venidero 15 de noviembre.
Una publicación divulgada en la prensa nacional afirma que, en correspondencia con los resultados actuales, se propone la modificación de las medidas de Control Sanitario Internacional para el próximo periodo.
De igual forma, teniendo en cuenta que más del 90 % de la población cubana estará vacunada con el esquema establecido para tal fecha el Ministerio de Turismo de Cuba ha publicado la relación de los Protocolos Sanitarios para el mercado turístico interno.
Medias sanitarias que se mantienen vigente
- Sostener la vigilancia epidemiológica de control sanitario internacional en todos los puntos de entrada al país (puertos, aeropuertos y marinas).
- Mantener el llenado de la Declaración de Sanidad del Viajero (Mod. 82-33-02) (Declaración Jurada de Salud), para todos los viajeros internacionales que arriben.
- Continuar con la toma de temperatura a todos los viajeros.
- Uso obligatorio del nasobuco o mascarilla en todas las instalaciones aeroportuarias (pasajeros y trabajadores).
- Mantener el diseño de los flujos, señaléticas y barreras que garanticen el distanciamiento físico.
- Garantizar el uso de los medios de protección individual por los trabajadores.
- Sostener las estaciones de desinfección de manos en todos los flujos (entradas y salidas de las terminales aéreas, portuarias y las marinas internacionales).
- No permitir la presencia en ningún punto de entrada de trabajadores con signos o síntomas respiratorios.
- Es obligatorio el Seguro Médico COVID-19 para viajeros internacionales y cubanos residentes en el exterior.
Nuevas medidas de Control Sanitario Internacional
- Cuba elimina la cuarentena obligatoria de los viajeros internacionales al arribo al país, a partir del 7, y la realización del PCR-RT a la entrada desde el 15 de noviembre.
- Entre el 1ro. y el 7 se establecerá para los viajeros internacionales una cuarentena de 72 horas, hasta tener un resultado negativo del PCR-RT realizado a la entrada al país.
- Todos los viajeros internacionales (cubanos o extranjeros) que arriben al país, deberán presentar un pasaporte de salud o certificado internacional de vacunación anti-COVID-19 de aquellas vacunas certificadas por las agencias reguladoras correspondientes.
- Los que no tengan pasaporte de salud o certificación internacional de vacunación anti-COVID-19, están en la obligación de presentar una certificación de PCR-RT negativo a la COVID-19 de las 72 horas antes de viajar, de un laboratorio certificado en el país de origen.
- Los niños menores de 12 años, independientemente de su nacionalidad, estarán exentos de presentar un esquema de vacunación o prueba de PCR-RT al arribo a Cuba.
- Todo viajero cubano residente o no en el país que al arribo no presente la evidencia de un esquema de vacunación aplicada, ni una prueba de PCR-RT negativo, será objeto de la aplicación de la legislación vigente y cumplirá aislamiento institucional durante diez días, asumiendo los gastos de alojamiento y transportación.
- Los viajeros de EE. UU. deben presentar al entrar al país el pasaporte de salud o certificado de vacunación.
- Para abordar el vuelo, las líneas aéreas exigirán a sus pasajeros la evidencia de un esquema de vacunación o una prueba de PCR-RT negativo realizado 72 horas antes.
- El personal de Control Sanitario Internacional comprobará la autenticidad del certificado o pasaporte de salud con los medios correspondientes y en los términos aprobados.
- Se implementarán los mecanismos digitales necesarios para la comprobación de la veracidad de los certificados internacionales y nacionales de vacunación anti-COVID-19.
- En correspondencia con las acciones de vigilancia epidemiológica que se realizan al arribo, se tomará muestra de PCR-RT de manera aleatoria.
- Quien arribe al país y presente signos y síntomas de la COVID-19 o de otra enfermedad transmisible, será remitido a una institución de salud destinada al efecto y se le realizará una prueba de PCR-RT .
- Se le realizará una prueba de PCR-RT .
Dentro del país se exigirá el uso permanente del nasobuco o mascarilla a todos los trabajadores que interactúan directamente con los turistas internacionales o nacionales, así como de las soluciones desinfectantes.
Los turistas que acceden a las instalaciones hoteleras deberán cumplir las siguientes medidas:
- La vigilancia epidemiológica de los turistas se realizará en las instalaciones hoteleras durante su estancia, para ello se fortalece la asistencia médica con la ubicación de equipos básicos de salud las 24 horas, garantizando el cumplimiento de los protocolos establecidos, con el objetivo de hacer del turismo internacional una actividad más segura y confiable.
- Quien sea detectado con signos o síntomas respiratorios u otros de la COVID-19 o de cualquier enfermedad transmisible, se remitirá a una institución de salud.
- En el caso en que se le notifique a algún turista que es positivo al PCR, de inmediato se convierte en un caso confirmado y se le aplica el protocolo establecido.
Entre tanto, los viajeros cubanos no residentes en el país y turistas que se hospeden en casas particulares estarán obligados a cumplir con:
- La vigilancia epidemiológica de los turistas no hospedados en hoteles se les realizará por las áreas de salud, estableciéndose la obligatoriedad de presentarse ante las autoridades de salud según corresponda, en caso de presentar signos o síntomas sugestivos de la COVID-19.
- Se responsabiliza a los propietarios de las casas de renta o personas que hospeden a viajeros no residentes en el país, de informar con inmediatez a las autoridades sanitarias la aparición de cualquier sintomatología que presenten.
- Los viajeros cumplirán con todas las indicaciones médicas que se les emitan, así como con los complementarios a realizarse en función del riesgo epidemiológico que represente el país o los países visitados.
- El médico y la enfermera de la familia, así como la Vicedirección de Epidemiología del área de salud, llevarán el control de los viajeros internacionales de su demarcación.
- El Equipo Básico de Salud sostendrá la comunicación con los responsables de las casas de renta o de hostales que existan en su universo, para la vigilancia epidemiológica.
Protocolo sanitario para viajeros cubanos residentes en el país:
- Deben presentarse en el consultorio o en su área de salud en un periodo no mayor a las 48 horas del arribo.
- A todo viajero cubano residente en el país, de no estar vacunado, se le realizará una toma de muestra para realizar el test de antígeno al SARS-COV-2 al séptimo día del arribo en su área de salud y, de presentar síntomas, se tratará como un caso sospechoso.
- El médico de la familia realizará una consulta inicial una vez que el viajero se presente en el consultorio, dejando constancia en su Historia Clínica, y de ser necesario programará una próxima consulta para la evolución del estado de salud. Tendrá una consulta obligatoria al día 15 del arribo para el cierre de la vigilancia epidemiológica.
Entre las medidas que se eliminan, se encuentran la asociada a la cuarentena de los viajeros internacionales al arribo al país, a partir del 7 de noviembre, de forma escalonada, así como la realización del PCR-RT obligatorio en frontera de todo viajero internacional a la entrada al país.
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