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Cambios en el proceso migratorio para cubanos en Estados Unidos

Alicia Díaz

El sueño de los cubanos de regularizar su situación migratoria en Estados Unidos se ha visto afectado recientemente por cambios en el proceso. En fechas recientes, la Junta Superior de Apelaciones de Inmigración de los Estados Unidos (BIA) emitió un veredicto; que ha generado preocupación entre los cubanos que buscan regularizar su estatus migratorio en Estados Unidos.

Según esta decisión, el formulario I-220A, conocido como “Orden de Libertad Provisional”, ya no es considerado válido como un parole.

Esto significa que aquellos cubanos que ingresaron al país con este documento no podrán optar por la Ley de Ajuste Cubano de 1966; como antes se esperaba.

La situación es aún más complicada, ya que un juez de inmigración había fallado a favor de los cubanos; permitiéndoles ampararse bajo la Ley de Ajuste Cubano con el formulario I-220A. Sin embargo, abogados del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) apelaron esta decisión, lo que llevó a la determinación de la BIA.

Cambios en el proceso migratorio para cubanos en Estados Unidos

Aunque la situación puede parecer desalentadora, aún existen opciones para los cubanos afectados por esta nueva medida. La apelación ante el Onceno Circuito de Atlanta y la Corte Suprema es una posibilidad para aquellos que deseen continuar luchando por su estatus migratorio en Estados Unidos.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la Ley de Ajuste Cubano ya no es una vía disponible para aquellos que ingresaron al país con el formulario I-220A. En cambio, la opción restante es solicitar asilo político.

Expertos de Gallardo Law Firm han confirmado que esta es la única vía para que los cubanos afectados puedan permanecer en Estados Unidos.

El formulario I-220A, también conocido como “Orden de Libertad Provisional”; es un documento que se entrega a los migrantes detenidos por inmigración y posteriormente son liberados. Este formulario implica la obligación de asistir a audiencias judiciales y mantener un comportamiento adecuado mientras se resuelve su estatus migratorio.

Es importante tener en cuenta que el formulario I-220A no es equivalente a un parole, aunque anteriormente permitía a los cubanos liberados aplicar para la Ley de Ajuste Cubano basándose en una interpretación judicial. Sin embargo, con la decisión de la BIA, esta opción ya no está disponible.

Es crucial no confundir el formulario I-220A con el formulario I-220B, que se otorga a migrantes cuyos casos en corte han sido rechazados. Con el formulario I-220B, el migrante queda bajo supervisión hasta que se determine un cambio de estatus, aunque en muchos casos resulta en la deportación del individuo.

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