Cuba aprobó el procedimiento para el sacrificio y consumo de las carnes de ganado vacuno a partir de la Resolución 88 de 2022 del Ministerio de la Agricultura; publicada en la Gaceta Oficial No. 37 Ordinaria de 2022.
Según destaca esta nueva norma jurídica, se trata del sacrificio y consumo de las carnes de ganado vacuno procedentes de los autoconsumos de animales de los diferentes organismos y entidades que los posean.
¿Quiénes podrán realizar el sacrificio y consumo de ganado vacuno?
Explica la Resolución que pueden realizar este procedimiento las personas jurídicas (organismos, entidades, instituciones) poseedoras de ganado vacuno; e interesadas en su sacrificio para el consumo en su sistema de alimentación; no así las personas naturales.
Para ello, deberán cumplir determinados requisitos, entre ellos:
- En primer lugar, que el rebaño hembra no debe decrecer en comparación con el cierre del año anterior.
- Además, los animales a sacrificar tienen que proceder solo de sus rebaños.
- Igualmente, se deben sacrificar —en el caso de las hembras— solamente las novillas y vacas de desechos autorizadas por las autoridades competentes; y pesos promedios de 270 kg y 345 kg.
- Mientras, en el caso de los bueyes y sementales, solo se podrán sacrificar hasta un 10 % de los clasificados como desechos.
¿Cuáles serán los trámites para el sacrificio?
Sobre los trámites para el sacrificio la norma indica una serie de obligaciones, que conllevan más de una gestión.
Entre ellas se incluyen por parte de las personas jurídicas la solicitud por escrito de la autorización a las delegaciones municipales de la Agricultura.
Además, el Jefe del Registro Pecuario municipal debe tramitar con la Comisión de Asuntos Agrarios y la Masa Ganadera del municipio la autorización del sacrificio en el plazo de dos días hábiles, a partir de realizada la solicitud.
También, la Comisión de Asuntos Agrarios y la Masa Ganadera debe emitir un acuerdo que autorice o no el sacrificio en un plazo de siete días hábiles.
Más adelante, el Delegado Municipal de la Agricultura notifica al solicitante el acuerdo adoptado por la Comisión de Asuntos Agrarios y la Masa Ganadera en el plazo de dos días hábiles.
En el caso de que se deniegue el sacrificio, el interesado puede interponer un recurso de apelación ante el Delegado Provincial de la Agricultura, por conducto de la Delegación Municipal de la Agricultura, en un plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación.
Finalmente, si se autorizó el sacrificio y consumo de las carnes de ganado vacuno las personas jurídicas tienen que solicitar el certificado de veterinaria correspondiente y el pase de tránsito al Registro Pecuario; para poder tramitar el servicio de sacrificio.
Se trata en resumen de un proceso que podría extenderse por más de una semana entre autorizaciones; pero que al menos autoriza el sacrificio y consumo de las carnes de ganado vacuno en Cuba para las entidades.
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