Próximamente los cubanos y extranjeros residentes en Cuba podrán traspasar la propiedad de carros entre sí; una medida que fue anunciada en días pasados, de conjunto con otras acciones para la venta e importación de vehículos de motor (carros), remolques y semirremolques.
Como te comentamos en este sitio, recientemente el ministro de transporte cubano anunció una serie de normativas que comenzarán a regir en marzo; en respuesta a la crisis de transporte y energética que afecta al país.
Dichas medidas autorizan la venta mayorista en moneda convertible de vehículos nuevos y de segunda mano a todas las personas jurídicas cubanas y extranjeras. También regula la trasmisión de la propiedad de vehículos de motor, remolques y semirremolques, su comercialización e importación.
En Cuba, cubanos y extranjeros podrán traspasarse la propiedad de carros por venta o donación
Entre los puntos positivos y esperados de estas medidas, se encuentra la posibilidad de que cubanos y extranjeros puedan traspasarse la propiedad de carros por conceptos de venta o donación.
Según el Decreto 83, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 16, “las personas naturales cubanas y extranjeras residentes en el país pueden trasmitir entre sí la propiedad de vehículos de motor, remolques y semirremolques mediante compraventa o donación”.
Cuando una de las dos partes sea cubano, esta compraventa o donación de carros u otros vehículos tiene que realizarse ante Notario.
En este caso, el vendedor o donante está obligado a aportar los documentos siguientes:
a) Certificación de inscripción en el Registro de Vehículos del Ministerio del Interior;
b) documento oficial que acredita la propiedad del vehículo de motor, remolque o semirremolque.
Por su parte, el comprador deberá hacer constar:
a) Que el dinero utilizado para la compraventa del vehículo de motor, remolque o semirremolque se obtuvo de forma legal.
b) Y debe decir todos los vehículos de motor, remolques y semirremolques que tiene en propiedad.
Mientras, en la escritura notarial para la trasmisión de la propiedad de un carro u otro vehículo, deben declarar el valor de venta en pesos cubanos.
¿Las Empresas o firmas pueden vender carros a los cubanos?
La norma aclara que las personas jurídicas estatales cubanas y extranjeras no podrán trasmitir la propiedad de carros u otros vehículos a las personas naturales.
Esto solo le será permitido a las personas jurídicas no estatales; las que podrán trasmitir la propiedad de vehículos de motor, remolques y semirremolques a personas naturales cuando el vehículo objeto de la
trasmisión se haya aportado previamente al patrimonio de la persona jurídica no estatal por la persona natural que lo pretende adquirir.
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Yo le compre un Hyunday i10 a otro cubano en el ano 2021. Fuimos simplemente a la notaría. Así que la compra y venta ya estaba autorizada desde antes. Rectifiquen esto si pueden.
Saludos Cordiales Caridad